No cabe duda de que las redes sociales y las aplicaciones móviles pueden facilitarnos enormemente la comunicación. Sin embargo, todo tiene un límite, especialmente cuando WhatsApp, Skype u otras apps de comunicación empiezan a utilizarse en el ámbito laboral. Los grupos de WhatsApp de la oficina son cada vez más habituales, pero un uso incorrecto o no regulado puede traernos más de un quebradero de cabeza. Así pues, ¿hasta qué punto estás obligado a estar en el grupo de WhatsApp del trabajo? Lo analizamos a continuación.
¿Puedo salirme del grupo de WhatsApp de la oficina?
Antes de resolver esta cuestión, es importante que te hagas esta otra pregunta: ¿Trabajas con un teléfono móvil proporcionado por tu empresa… o dispones de uno particular?
Si te encuentras en el primer supuesto y tienes un móvil de empresa, entonces sí estarás obligado/a a permanecer en el grupo de WhatsApp de la oficina. ¿Por qué? Porque en este caso concreto, WhatsApp se convierte en una herramienta de trabajo que ha de ser utilizada durante la jornada laboral, bien para facilitar la comunicación entre compañeros, bien para que nuestro jefe pueda estar en contacto directo con nosotros.
Ahora bien, si usas tu teléfono móvil particular para comunicarte con tu jefe, entonces no tendrás obligación alguna de permanecer en el grupo de WhatsApp del trabajo. De hecho, tendrías que expresar tu consentimiento a la hora de ser incluido en un grupo de estas características. Si te encuentras en este caso concreto, podrás negarte e incluso salirte del grupo de WhatsApp del trabajo sin que ello acarree ninguna consecuencia negativa.
No obstante, todos estos detalles (conjuntamente con los horarios en los que tu jefe se puede poner en contacto contigo) deberían estar debidamente reflejados en el contrato de trabajo, cosa que no siempre ocurre.