Como se deduce de su propio nombre, estas medidas son provisionales por cuando su plazo de eficacia se verifica solo hasta que se dicta la sentencia de separación, nulidad o divorcio correspondiente y tienen la finalidad de resolver de manera transitoria aspectos importantísimos del conflicto planteado que no podrían dejarse hasta el momento mismo de […]
Como se deduce de su propio nombre, estas medidas son provisionales por cuando su plazo de eficacia se verifica solo hasta que se dicta la sentencia de separación, nulidad o divorcio correspondiente y tienen la finalidad de resolver de manera transitoria aspectos importantísimos del conflicto planteado que no podrían dejarse hasta el momento mismo de la resolución judicial.
Dentro de estas medidas provisionales, distinguimos:
- Medidas provisionales previas a la demanda
- Medidas provisionales derivadas de la admisión de la demanda de nulidad, separación o divorcio
- Medidas Definitivas