A la hora de realizar un testamento o recibir una herencia, hay dos cuestiones que no siempre se tienen en cuenta. Por un lado, y respecto a los derechos de los herederos, hay que recordar que existen una serie de herederos forzosos. Esto es, determinadas personas que, aunque no exista testamento o en este no se les incluya, tendrán derecho legítimo a heredar una parte de la herencia. Así pues, ¿cuáles son los derechos y obligaciones de los herederos? Presta especial atención.
Derechos de los herederos forzosos
Aunque lo más habitual es que los herederos forzosos estén incluidos por parte del testador en el reparto de su herencia, no siempre es así. Para esos casos, o para las situaciones en las que el fallecido no haya redactado nunca un testamento, se ha establecido en el Código Civil que deberán optar a, como mínimo, un tercio del total de lo heredado los que se consideran herederos inamovibles o forzosos del fallecido. Estos serán:
- Los hijos del fallecido: son sin duda los más beneficiados en este aspecto, ya que tendrán derecho a optar, aunque no esté indicado en el testamento, a dos terceras partes de la herencia. Hablamos de la legislación española, que puede ser matizada en algunas comunidades autónomas. Como dato adicional, la mitad de lo que les corresponda deberá ser repartido a partes iguales entre todos los hijos.
- Los padres del fallecido: los ascendientes del testador también tienen derecho a optar a una parte de la herencia, que será la mitad si el fallecido no tiene hijos ni cónyuge. En el supuesto de que sí estuviera casado, esta proporción cambiaría a un tercio de la herencia. Y, si existen hijos, los padres perderán el beneficio en su favor.
- El cónyuge del fallecido: en el caso de existir cónyuge, obtendrá una parte de la herencia en función de las circunstancias familiares del fallecido, pero siempre en concepto de usufructo. Esto quiere decir que los bienes no pasarán a ser de su propiedad, sino que solo tendrá derecho a su disfrute. Cabe señalar también que, si existen hijos, el cónyuge del fallecido solo accederá a un tercio de lo heredado, mientras que si tiene solo ascendientes, optará a la mitad de todo. Solo si no existen ni hijos ni padres, el cónyuge tendrá derecho a heredar como mínimo las dos terceras partes de la herencia. No obstante, el derecho a herencia en caso de divorcio o separación podría verse alterado.
Obligaciones de los herederos ante una herencia
Por otro lado, y en este caso en relación a las obligaciones de los herederos, no solo tendrán acceso a la división de la herencia o al patrimonio que les corresponda de la herencia (el activo), sino que también deberán asumir, en las proporciones pertinentes, las deudas que el fallecido haya dejado pendientes de saldar en el momento de su fallecimiento.
Esto se producirá de forma ilimitada en el tiempo, asumiendo el heredero las deudas del fallecido de por vida, como si fueran suyas, con la única excepción de que se trate de un menor de edad o una persona con discapacidad. Este hecho puede convertirse en un motivo para tomar la decisión de renunciar a una herencia, si las obligaciones superan a lo heredado.
Esta situación, que debe tenerse muy en cuenta a la hora de aceptar o rechazar una herencia, puede llegar hasta el punto de que el heredero tenga que hacer frente a las deudas no solo con los bienes del fallecido, sino también con los suyos.
Sin embargo, la legislación española pone a nuestra disposición una herramienta para poder acceder a la herencia y, a la vez, garantizar que no se responderá con los bienes o el patrimonio propios. Hablamos de la modalidad a beneficio de inventario, mediante la cual se aceptará el testamento y la herencia, pero se podrá establecer como límite que el pago de las deudas terminará cuando no se le pueda hacer frente solo con los bienes del testador, sin llegar a entrar en juego los del heredero.