Diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho

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Son muchas parejas las que recurren al matrimonio civil tras haber pasado un tiempo como pareja de hecho. Pero, es muy importante que, para elegir una opción u otra, la pareja sea fiel a su personalidad y no se deje guiar por lo que quieran los demás. Por ello, a continuación vamos a contaros las diferencias que existen entre el matrimonio y la pareja de hecho. Esperemos que os sea de utilidad.

¿Cuáles son las principales diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho?

A pesar de que sí existen características comunes entre el matrimonio y la pareja de hecho, son dos formas distintas de formalizar la relación ante la ley. A la hora de decidir que opción os conviene más debéis saber que los trámites para contraer matrimonio civil y para registraros como pareja de hecho son prácticamente los mismos, pero ante la ley no tienen nada que ver. Por ello, prestad atención a las principales diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho:

1. Regulaciones legales

Entre las diferencias más importantes del matrimonio y la pareja de hecho es que, mientras la primera está regulada legalmente por el Real Decreto del 24 de julio de 1889, del Código Civil, la segunda no tiene ley a nivel nacional. Las requisitos para inscribirse como pareja de hecho dependen directamente de las comunidades autónomas.

2. Declaración de la renta

En el caso de la declaración de impuestos, los matrimonios pueden decidir libremente si hacerlo de forma conjunta o, por el contrario, individual. Pero, entre las ventajas y desventajas de las parejas de hecho, destaca que éstas no pueden hacer la declaración de la renta en común. A pesar de que a efectos legales están constituidas como pareja consolidada y con convivencia estable.

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3. Régimen económico

Desde el momento en que se celebra el matrimonio, ya sea civil o religioso, la pareja sabe perfectamente cuál es el régimen económico que tienen, es decir, de gananciales o de separación de bienes. En cambio, las parejas de hecho no se inscriben como tal sabiendo el régimen económico en el que lo hacen. Por ello, la mejor opción es pactar cuál será antes de realizar el trámite, ya que en caso de separación será mucho más fácil gestionar el patrimonio.

4. Pensión de viudedad

En este caso, tanto los matrimonios como las parejas de hecho tienen derecho a recibir la pensión de viudedad. Pero, ¿donde está la diferencia? Pues que mientras los matrimonios optan a ella desde el momento en que se registra la partida de defunción de uno de los miembros de la pareja, en las parejas de hecho, se deberá acreditar una convivencia mínima de cinco años y que ésta llevaba inscrita como tal durante al menos dos años.

5. Ámbito laboral

Los matrimonios, tras la celebración del enlace, tienen derecho a quince días de vacaciones. Pero, en el caso de las parejas de hecho, no siempre sucede así. En la actualidad, son muy pocas las empresas que recogen este precepto, pero si hay Convenios Colectivos que lo aprueban. Por ello, es aconsejables que te informes sobre el Estatuto del Trabajador de la empresa en la que trabajes.

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