Desde que el 12 de mayo de 2019 entró en vigor la nueva ley de control horario, el registro obligatorio de la jornada laboral ya es una realidad. Esto significa que todos y cada uno de los empleados deben fichar en el trabajo para que se pueda llevar un registro real de sus horas trabajadas. Para poder efectuar este registro las empresas tienen que implantar un sistema de control horario que cumpla con la normativa; un sistema que podrá ser tradicional (plantillas de control horario), informático (apps con geolocalización) o biométrico (fichaje mediante huella dactilar). Esta última solución de control horario, sin ir más lejos, ha generado un montón de dudas entre los trabajadores, que no saben si es legal fichar en el trabajo con la huella digital. Vamos a tratar de esclarecer esta cuestión.
¿Puede una empresa exigir a un empleado su huella dactilar?
Sí; el empleado estará obligado a fichar en el trabajo con su huella dactilar siempre y cuando se cumplan los siguientes supuestos:
- Que el sistema biométrico escogido respete la Ley Orgánica de Protección de Datos y su uso sea adecuado, pertinente y no excesivo. Tanto los responsables del fichero como los encargados del tratamiento de los datos personales deberán aplicar las medidas de seguridad pertinentes para proteger dichos datos (que tendrán carácter sensible desde el mismo momento en que empiecen a ser utilizados).
- Que el sistema biométrico escogido cumpla con lo estipulado en el Real Decreto-ley 8/2019 de medidas urgentes de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Además, la empresa que lo implemente deberá hacer una evaluación del impacto que tenga este sistema en el control horario de la plantilla.
Para poder recabar los datos biométricos de la huella digital será necesario que los trabajadores den su consentimiento explícito para el tratamiento de estos datos, ya que estarán considerados datos especialmente sensibles. De hecho, cualquier empresa que no haga el tratamiento adecuado recibirá una sanción de la Ley de Protección de Datos, cuya multa podrá llegar hasta los 601.012,10 euros.