La nulidad matrimonial es la forma jurídica que declara que el matrimonio civil no ha existido por la concurrencia de defectos de tal naturaleza que han impedido que surta efecto. La nulidad de un matrimonio expresa, en última instancia, que dicha unión se ha invalidado. ¿Quieres saber cómo se puede anular un matrimonio y cuál suele ser el proceso de nulidad matrimonial más habitual? Entonces no dudes en seguir leyendo.
Causas para solicitar la nulidad matrimonial
El art. 73 del código civil establece que es matrimonio nulo, cualquiera que sea la forma de su celebración:
- Matrimonio celebrado sin consentimiento.
- Los menores de edad no emancipados.
- Los que estén ligados con vínculo matrimonial.
- Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.
- Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado.
- Los condenados como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos.
- El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
- El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
- El contraído por coacción o miedo grave.
El Ministro de Justicia puede dispensar (es decir, autorizar aunque concurra la causa), a instancia de parte, el impedimento de muerte dolosa del cónyuge anterior.
El Juez de Primera Instancia podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, los impedimentos del grado tercero entre colaterales y de edad a partir de los catorce años. En los expedientes de dispensa de edad deberán ser oídos el menor y sus padres o guardadores.
La dispensa ulterior convalida, desde su celebración, el matrimonio cuya nulidad no haya sido instada judicialmente por alguna de las partes.