Si has adquirido un producto cuyo origen se encuentra fuera de la Unión Europea es probable que te hayas preguntado si tu envío debe pasar trámites aduaneros; también si lo que has hecho es vender un bien a una persona que se encuentra en un país extranjero. ¿Qué debes saber en materia de aduanas en estos dos casos?
Envíos susceptibles de realizar trámites aduaneros
Pues bien, las tasas aduaneras se establecen por dos objetivos bien diferenciados. El primero tiene que ver con cuestiones de seguridad. Los controles fronterizos se encargan evaluar la calidad de los bienes y de garantizar que no son perjudiciales en términos de salud. Y, en segundo lugar, estamos hablando de una obligación fiscal para con el Régimen Aduanero del país de destino.
Pero puede que tu pregunta esté originada porque te consta que el emisor de tu envío ya ha pagado los impuestos correspondientes en el país de origen. En ese caso, debes saber que en ocasiones, y en función de lo que marque la ley de cada país, los productos pueden estar sujetos a impuestos y procedimientos aduaneros de exportación e importación. Es decir, que tanto el que exporta como el que importa deberá pagar su parte de impuestos.
Por norma general, cada producto que se exporte o se importe deberá llevar aparejado un coste que incluya, además de su valor, los impuestos indirectos del país de destino (IVA, IGIC e IPSI el caso de península y Baleares, Canarias y Ceuta) y también los impuestos aduaneros.
¿Y que ocurre en el caso de los regalos? Si tu envío es un regalo personal que quieres enviar a una persona que se encuentra fuera de la Unión Europea, y su coste es superior a los 45 €, también estará sujeto a este tipo de impuestos. La excepción, además de los que tengan un precio inferior, serán los bienes usados o de segunda mano, que tendrán que ser examinados en la aduana.