Novelas, obras de teatro, poemas, películas, composiciones musicales, coreografías, ilustraciones, fotografías,… Son solo algunas de las obras protegidas por el derecho de autor. En términos generales, se puede afirmar que el derecho de autor tiene una característica esencial, y es la que tiene que ver con la protección de un bien inmaterial, la obra, independientemente del soporte material en el que se encuentre reproducida.
Se entiende por obra toda aquella creación original literaria, artística o científica que ha sido expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intagible, y que en la actualidad es conocida o tiene pretensión de serlo en el futuro.
¿Cuáles son las obras que protege el derecho de autor?
La protección del derecho de autor recae sobre todas las obras literarias, científicas y artísticas que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier soporte o medio conocido o por conocer. No se protegen las ideas ni los procedimientos sino la forma o el medio en que las mismas se materializan. Con todo, las obras protegidas por el derecho de autor son las siguientes:
- Las obras expresadas por escrito (novelas, poemas, folletos y cualquier tipo de escritos y obra en letras, signos o marcas convencionales)
- Las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza
- Las composiciones musicales (con letra o sin ella)
- Las obras dramáticas, las coreografías y las pantomimas
- Las obras cinematográficas y obras audiovisuales
- Las obras de bellas artes: dibujos, pinturas, esculturas, grabados, cuadros y litografías
- Las obras arquitectónicas y pictóricas: ilustraciones, mapas, croquis, planos, bosquejos
- Las obras fotográficas y las expresadas por fotografía
- Los programas informáticos y las bases de datos
- Las antologías o compilaciones de obras diversas y las bases de datos, que por la selección o disposición de las materias constituyan creaciones personales
- Las interpretaciones artísticas, los fonogramas, las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión