A la hora de preparar un matrimonio civil, la mayoría de personas comienzan organizando todos los detalles de la celebración, como el vestuario de los novio, el lugar en el que lo van a celebrar, la fiesta, etc., y dejan para el final los asuntos legales. Este es el primer error, porque aunque la organización de una boda civil nos llevará tiempo, reunir toda la documentación necesaria es uno de los pasos más importantes. Por ello, a continuación te contamos qué tramites necesitáis para contraer matrimonio civil. Prestad atención.
Documentos necesarios para casarse por lo civil
Una vez conozcáis cuáles son los requisitos para un matrimonio civil, el segundo paso es saber qué documentación necesitáis para celebrar vuestro matrimonio civil. Ésta no es muy complicada de conseguir, pero necesitaréis tiempo porque algunos de los documentos tendréis que pedirlo a las administraciones, y todos sabemos lo que pueden tardar en enviar lo que necesitamos. Los papeles que deberéis entregar en el registro son:
- Instancia y declaraciones juradas. Éstas las podréis pedir en la ventanilla de la administración correspondiente.
- Original y copia del DNI, pasaporte o NIE en vigor,
- Certificado literal de nacimiento de ambos miembros de la pareja. Éste deberá haber sido expedido hace menos de un año por el Registro Civil de vuestro lugar de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento municipal que acredite la ciudad o ciudades en las que habéis residido los dos años anteriores antes de contraer matrimonio.
A parte de estos documentos, y si algún miembro de la pareja se encuentra en alguna de las siguientes situaciones, también deberá aportar:
- En el caso de ser español divorciado, el certificado literal del matrimonio anterior y el documento que acredite que está divorciado.
- Si tiene la nacionalidad española y es viudo, el certificado literal del matrimonio anterior y de defunción del cónyuge anterior.
Pasos para contraer matrimonio civil
Una vez hayáis reunido la documentación requerida, tendréis que presentarla personalmente o través de correo postal en la sección de matrimonios del Registro Civil de vuestra comunidad autónoma. Y, aquí, es donde empiezan las principales diferencias entre el matrimonio civil y la pareja de hecho. Prestad atención a los pasos para casarse por lo civil y tomad nota para no olvidaros de nada:
En el momento en que vuestra documentación haya sido revisada, el juez encargado abrirá un expediente matrimonial en el que estará reflejado el día y la hora en la se celebrará el matrimonio. A esta cita se deberá acudir con un testigo mayor de edad. Llegado el día, los contrayentes deberán manifestar bajo declaración jurada su estado civil y el testigo dará veracidad al acto.
Cuando el matrimonio civil ya se haya realizado, la pareja recibirá en su domicilio el acta que acredite dicho matrimonio, aunque este no tiene validez oficial por sí solo. Para validarlo, los contrayentes deberán inscribir la boda en el Registro Civil en un plazo máximo de 30 días, de no ser así no habrá ninguna prueba legal que demuestre que el matrimonio se ha celebrado.
Ahora ya conocéis los trámites para contraer matrimonio civil, eso sí, tened muy presente la condiciones de vuestra comunidad autónoma, pues algunas añaden documentación complementaria.